Créditos primera vivienda
Financiamiento para la construcción de la primera vivienda
¿Quiénes pueden acceder al crédito?
Personas físicas calificadas por una IFI como sujeto de crédito, sean estas asalariadas, profesionales independientes, comerciantes o microempresarios que posean ingresos globales familiares que no superen 7 salarios mínimos.
Para los microempresarios se considerará el ingreso neto disponible mensual, que será el resultado del análisis microempresarial realizado por la IFI y deberá ser equivalente a un máximo de 7 salarios mínimos.
A efectos de este Producto, se considera como sujeto de crédito (solicitante/prestatario final) al deudor principal, incluyendo a su cónyuge o concubino en su caso, y quienes no deberán poseer vivienda.
El monto de la cuota mensual del prestatario final no podrá ser superior al 30% del ingreso global familiar. Entendiéndose ingreso global familiar, a la suma de los ingresos de los firmantes del crédito, los que podrán ser cónyuges o concubinos, pudiéndose además sumar los ingresos de padres, hijos y hermanos de cualquiera de los deudores principales, quienes deberán firmar como codeudores de la operación.